La iniciativa fue impulsada por la legisladora del FpV María Rachid, con el apoyo de varias organizaciones; el documento se elaboró a partir del estudio de 17 leyes similares del continente

El 9 de abril la Legislatura porteña aprobó, por unanimidad, la ley antidiscriminatoria más avanzada de América Latina.

De esta forma, la ciudad de Buenos Aires se convierte en modelo de legislación en materia de normas que promueven la igualdad y la no discriminación además de prevenir, sancionar y reparar los actos discriminatorios.

La ley es apoyada por varias organizaciones de la sociedad civil que buscaban un paraguas jurídico para los grupos vulnerados por la discriminación, como la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT), La Fulana, la Mesa Nacional por la Igualdad, la Asociación de Travestis, Transexuales, Transgénero de Argentina (ATTTA), el Frente de Migrantes Organizados, la Sociedad de Socorros Mutuos Unión Caboverdeana, la Agrupación de Agricultores Cannábicos Argentinos (AACA), la Coalición Argentina por un Estado Laico (CAEL) y el Frente Nacional por la Igualdad del Movimiento Evita.

El proyecto fue presentado por la legisladora del Frente para la Victoria (FpV), María Rachid, y durante su trabajo estuvo acompañada de las organizaciones mencionadas anteriormente, que estudiaron leyes similares provenientes de 17 países y ciudades de América Latina, y copiaron lo mejor de cada una de ellas.

El texto que finalmente se aprobó sufrió muy pocas modificaciones respecto del proyecto original que Rachid consensuó junto con los diputados Daniel Lipovetzky, Gabriela Seijo y Enzo Pagani, del PRO, a fines del año pasado.

“Creemos que con el impulso y la exposición nos va a ayudar a impulsar el debate a nivel nacional”, dijo a Infojus Noticias Esteban Paulón, Presidente de la Federación Argentina de lesbianas, gays, bisexuales y trans (FALGBT).

En esta línea, los legisladores nacionales del FpV se comprometieron a actualizar la ley nacional, sancionada en 1988.


A continuación, los puntos más innovadores de la ley antidiscriminatoria:

La ampliación de los pretextos discriminatorios

La ley amplía la nómina expresa de los grupos vulnerados que ampara la ley. Entre esos pretextos quedaron incorporados la diversidad sexual, las personas con discapacidad, los adultos mayores, la situación familiar o condición socioeconómica, entre muchos otros. Sólo el pretexto de antecedentes penales tuvo que modificarse del proyecto original por oposición del Pro.

La inversión de la carga dinámica de la prueba

Es el aspecto vital de la ley, algo que existía sólo en la esfera del derecho laboral. “La persona que denuncia debe probar dos cosas: que ocurrió un hecho que obstruyó su derecho, y que pertenece a alguno de los grupos vulnerados. El acusado por discriminar debe probar que ocurrió por otro motivo, y no por su pertenencia a ese grupo”, explicó Rachid, y agregó “es un antes y un después. La incorporación de la carga dinámica de la prueba dará una verdadera herramienta eficaz para combatir y prevenir la discriminación”.

El daño y la reparación colectiva

Durante un partido del fútbol argentino, Estaban “Bichi” Fuertes, pasado de revoluciones, le dijo “mogólico” a un oponente, a modo de insulto. La palabra buscaba ser un agravio para el rival, pero había sido al mismo tiempo un daño colectivo para toda la sociedad. El agresor y el agredido volvieron a verse las caras unos días más tarde, en la sede del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI). Fuertes no sólo ofreció disculpas por el exabrupto, sino que participó de varias campañas contra la discriminación. Esa vía administrativa, que en aquél entonces prosperó por la buena voluntad del delantero, hoy la tendrán los jueces o la autoridad administrativa de manera automática.

Las vías de la denuncia

Quién sienta que ha sufrido una discriminación, podrá radicar su denuncias en varios lugares: la justicia contravencional porteña (salvo que sean denunciados instituciones o funcionarios municipales, en cuyo caso actuará el fuero contencioso administrativo de la ciudad); la defensoría del Pueblo de la Ciudad o de la Nación; la Secretaría de Derechos Humanos de Ciudad o Nación; el INADI, o la autoridad específica de aplicación, que deberá crearse en las próximas semanas en el ámbito de la jefatura de gabinete de la ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los funcionarios del órgano de aplicación y control serán nombrados por la administración del Pro, aunque las organizaciones insisten en que se cree un órgano descentralizado y específico. “Creemos que debe crearse un organismo contra la discriminación o se aplique en algunas de las estructuras existentes, como la secretaria de pluralidad cultural”, opinó Paulón.

El impulso de las políticas públicas

“Un aspecto esencial de la ley es que asegura las políticas públicas; por ejemplo, la difusión de la ley en distintos ámbitos de la ciudad de Buenos Aires”, contó Rachid. “No se queda en la sanción, sino en acciones afirmativas, que persiguen la meta de concientizar para que no se vuelvan a repetir”, agregó Flavia Massenzio.

Por su parte, Alejandro Nasif, miembro de la Coalición para un Estado Laico y director de la comisión de derechos humanos de la Legislatura, afirmó que “la ley asegura que deba difundirse por medios audiovisuales, deba enseñarse en las escuelas y bajarse entre los empleados públicos, porque no hay cosa más frustrante que los empleados de los lugares donde se denuncia no conozcan la ley”. Aunque los mecanismos de difusión se especificarán en la reglamentación de la ley, sí se sabe que deberá difundirse en los medios de prensa de la ciudad, e incorporarse a las currículas de las escuelas.

Fuente: Infojus Noticias